
El Ayuntamiento de Madrid tiene abierta una convocatoria de 50 millones de euros para rehabilitar edificios residenciales, y el plazo se cierra el 30 de septiembre de 2026. No es una noticia más de las que se anuncian y tardan años en concretarse: el dinero está, la sede electrónica está abierta y las solicitudes se están registrando ahora mismo.
Hay un detalle que cambia por completo cómo hay que leer esta convocatoria, y casi nunca aparece en los titulares.
El orden de llegada decide quién cobra
Las ayudas no se reparten entre todos los que cumplan los requisitos. Se conceden por orden estricto de entrada en el registro, hasta agotar los 50 millones.
Eso significa que una comunidad que presente la solicitud completa en septiembre puede quedarse fuera mientras otra que la presentó en junio, con el mismo edificio y la misma obra, ya la tiene concedida. No es una cuestión de méritos: es una cuestión de fecha.
Y como la documentación técnica que exige el expediente tarda semanas en reunirse, quien empiece a moverse ahora va justo.
Quién puede pedirlas
La convocatoria está dirigida a comunidades de propietarios, comunidades energéticas, propietarios únicos de edificios residenciales y titulares de viviendas unifamiliares.
El edificio tiene que cumplir tres condiciones:
- Estar en el término municipal de Madrid
- Haber sido construido antes de 1998
- Tener uso residencial mayoritario
- Contar con el Informe de Evaluación del Edificio en vigor y registrado en el Ayuntamiento
Esa última es la que más solicitudes tumba. Si el IEE está caducado o nunca se registró, no hay ayuda posible, y ponerlo al día no se hace en una semana.

Ojo con dónde está tu edificio
Esta convocatoria es solo para el municipio de Madrid. Si tu edificio está en Getafe, Leganés, Alcorcón o cualquier otro municipio de la Comunidad, no entra, por muy cerca que esté.
Es la confusión más habitual cuando estas noticias circulan por los grupos de vecinos: se comparte como «ayudas de Madrid» y mucha gente del área metropolitana pierde tiempo preparando algo a lo que no puede optar. Para esos municipios hay que mirar las convocatorias autonómicas y el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que sigue pendiente de concretarse en Madrid.
Qué obras entran
Las líneas subvencionables son accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad, seguridad y —como novedad de este año— embellecimiento.
En la práctica, esto cubre cosas como la instalación de ascensores o rampas, obras de conservación en fachadas y cubiertas, mejora del aislamiento térmico, sustitución de carpinterías, instalación de energías renovables, retirada de amianto y protección contra incendios.
La cuantía varía según la línea y según el ahorro energético que consiga la actuación. Las intervenciones que logren reducir al menos un 35 % la demanda energética del edificio y un 30 % el consumo acceden a los tramos más altos. Los edificios con etiqueta energética F o G reciben más subvención que el resto, porque son los que más margen de mejora tienen.
La novedad de este año: la línea de embellecimiento
Es la incorporación más comentada de la convocatoria 2026 y conviene entenderla bien, porque no funciona por su cuenta.
La línea de embellecimiento no es una ayuda independiente: va asociada a las actuaciones de eficiencia energética y les suma un 5 % adicional de subvención. Cubre intervenciones de mejora de la imagen urbana del edificio, como retirar el cableado visto de la fachada o reubicar y ocultar los aparatos de climatización.
Dicho de otro modo: si tu comunidad ya iba a aislar la fachada, aprovechar para ordenar los cables y las máquinas de aire sale más barato ahora que en cualquier otro momento. Si lo único que queréis es el lavado de cara, sin tocar aislamiento, esta línea no os sirve.

Lo que de verdad cuesta preparar
Según la actuación, el expediente puede exigir proyecto técnico o memoria, presupuesto detallado, planos, fotografías, certificado energético, documentación gráfica y los acuerdos de la comunidad aprobados en junta.
Ese último punto es el que más se subestima. Convocar una junta, alcanzar las mayorías necesarias y levantar el acta no depende de la rapidez del técnico ni del constructor: depende de que los vecinos se pongan de acuerdo. Y en septiembre, con la vuelta de vacaciones, encajar una junta extraordinaria lleva su tiempo.
En Alucar2 recomendamos empezar por el IEE y por la junta, no por los presupuestos. Los presupuestos se consiguen en días; el resto, no. Si además la obra va a ir acompañada de intervención en fachada o carpintería de aluminio, conviene tener medidas las ventanas antes de que el técnico redacte la memoria.
Cómo y dónde se presenta
Las solicitudes se presentan por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento, en sede.madrid.es, con identificación y firma electrónica. Los particulares conservan la opción de tramitarlo presencialmente.
Para dudas concretas, el Ayuntamiento habilita el teléfono 010 y el correo rehabilitacion@madrid.es. Además existe el SIREM, un servicio de asistencia técnica que revisa la documentación y asesora a los redactores de proyectos.
Si llegas tarde a esta, no lo des por perdido
El 30 de septiembre se cierra esta convocatoria, pero no el asunto. Hay dos cosas que puedes ir haciendo aunque sepas que no llegas:
Pon el IEE al día. Es el requisito que bloquea más expedientes y sirve para cualquier convocatoria futura, no solo para esta.
Deja el diagnóstico hecho. Saber qué etiqueta energética tiene tu edificio, dónde se pierde el calor y qué actuaciones tendrían más impacto es trabajo que no caduca. Cuando se abra la siguiente convocatoria, la comunidad que ya tenga eso resuelto presentará en días, no en meses.
El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, aprobado en abril con unos 7.000 millones, todavía tiene que concretarse en convocatorias autonómicas. Quien llegue preparado a esa cita jugará con ventaja.

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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se pueden presentar las solicitudes?
Hasta el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive. El plazo se abrió el 3 de junio, tras publicarse la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 2 de junio.
¿Mi edificio de Leganés puede optar?
No. El Plan Rehabilita Madrid cubre únicamente el término municipal de Madrid. Los edificios de otros municipios de la Comunidad tienen que buscar convocatorias autonómicas o estatales.
¿Qué pasa si mi edificio es de 2005?
No cumple el requisito de antigüedad. La convocatoria exige edificios construidos antes de 1998.
¿Sirve cualquier ITE o tiene que estar registrada?
Tiene que estar en vigor y registrada en el Ayuntamiento. Es el requisito que más solicitudes deja fuera, y regularizarlo lleva tiempo.
¿Puedo pedir solo la línea de embellecimiento?
No funciona de forma independiente. Va vinculada a las actuaciones de eficiencia energética y añade un 5 % adicional sobre ellas.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Por orden de entrada de la solicitud en el registro, hasta agotar los 50 millones de dotación. Presentar antes es literalmente presentar mejor.
¿Hace falta un técnico para preparar la solicitud?
Según la actuación puede exigirse proyecto o memoria técnica. El Ayuntamiento ofrece asistencia a través del SIREM, y para consultas generales está el 010.
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